El abuso en la aplicación del IRPH en el caso de la vivienda protegida está blindado por el decreto que establece cada plan de vivienda, el cual regula la actualización anual del tipo aplicable basándose en este índice. Esto limita enormemente las posibilidades de recurrir en vía judicial, puesto que no sería litigar contra el banco, sino contra un decreto, en la actualidad con escasas posibilidades de salir adelante en la vía contenciosa.

Conscientes de esta problemática, el Congreso de los Diputados aprobó en 2017 una proposición, a iniciativa del Partido Socialista, que instaba al Gobierno a cambiar la normativa sustituyendo el IRPH por el Euribor en los préstamos de la vivienda protegida. Hasta el momento, el Ministerio de Fomento ha rechazado este mandato; tan solo ha aceptado recientemente tratar la cuestión en el Grupo Interministerial de medidas urgentes en materia de Vivienda y Alquiler, aunque su posición de partida es de rechazo. 

El Defensor del Pueblo anuncia que llevará a la Cortes Generales la negativa del Ministerio de Fomento a corregir el abuso en los tipos de interés de la vivienda protegida.

El reciente informe de la Comisión Europea contra el IRPH, y una posible sentencia en el TJUE en el caso de Barcelona que está tratando, podría dar la vuelta a esta situación injusta y antisocial, y desmontar el chiringuito de la banca con los tipos de interés de la vivienda protegida.

El Defensor del Pueblo ha recomendado ya por tres veces (dos durante el Gobierno del PP y la última ya bajo la dirección del actual ministro socialista Ábalos) sustituir el IRPH de los préstamos protegidos por el Euríbor «con el fin de corregir los efectos de cláusulas potencialmente abusivas»; peticiones que han sido rechazadas por el Ministerio. También el actual Ministerio socialista ha rechazado la recomendación, siguiendo el criterio del anterior Gobierno del PP y rompiendo con la línea política que el Partido Socialista ha venido defendiendo hasta la fecha en este asunto de gran impacto social. En efecto, hace apenas un año el Partido Socialista se pronunció en defensa de los afectados promoviendo una PNL en el Congreso, que fue aprobada, instando a cambiar el IRPH por el Euribor en los préstamos convenidos, siguiendo el espíritu y hasta la letra de la recomendación del Defensor (esta proposición recibió también el voto favorable de UP-ECP-EM, Ciudadanos y Compromís). Quizás el único matiz ahora es que el Ministerio ha prometido abordar la cuestión en el Grupo Interministerial de Medidas Urgentes en materia de Vivienda y Alquiler, aunque su posición inicial es de rechazo. Confiemos que allí esta negativa se corrija o se modere.

La cuestión de fondo en las tres peticiones del Defensor es el carácter abusivo de las cláusulas que establecen el tipo de interés según el IRPH. No se trata de considerar el IRPH «como tal» como un índice nulo e ilegal (a lo que se agarra el Ministerio, en referencia a la conocida sentencia del Tribunal Supremo), sino que «su aplicación» podría haberse realizado de manera oscura y abusiva (ej. no se informó adecuadamente al firmante del comportamiento de este índice). Esta última es la posición de la Comisión Europea, que ha informado en este sentido al Alto Tribunal de la Unión Europea tras requerimiento del TJUE sobre un procedimiento judicial aún el liza.

Si esto termina resolviéndose como apunta la Comisión Europea, los casos del IRPH deberían analizarse en vía judicial examinando si en cada caso hubo abusividad de esta cláusula, según cómo se aplicara. Esto si no se arbitra un procedimiento regulado o se resuelve de manera global en interés general. Por otra parte, aunque la abusividad es el asunto que ha destacado la Comisión Europea en su informe, tampoco habría que descartar que el IRPH pudiera acabar declarándose nulo como tal. Como afirma el Defensor, la sentencia del Tribunal Supremo, contraria a la declaración de nulidad, no crea jurisprudencia y contiene votos discrepantes de gran valor jurídico. Además, también hay sentencias de tribunales ordinarios que van en tal sentido.

IRPH Y VPO: UN DOBLE ABUSO

En el caso específico de la vivienda protegida lo que ocurre es que, por una parte, los afectados no tuvieron en ningún momento la opción a negociar el tipo de interés de su hipoteca, puesto que venía impuesto por el Plan de Vivienda: o firmabas la hipoteca, o perdías la vivienda. No había otra opción. Es ciertamente una clara situación de abuso; podría hablarse incluso de un “abuso regulado” ya que es el propio legislador el que lo establece. Además, supone una ayuda encubierta del Estado a la banca, en tanto que la entidad financiera se beneficia de un tipo de interés mucho más alto que el que opera en el mercado. Por otra parte, no hay posibilidad de recurrir estos tipos abusivos por la vía judicial, al menos en la práctica. A diferencia de los afectados del IRPH de la vivienda libre, los de la vivienda protegida no pueden litigar contra el banco, pues es el propio plan de vivienda, un decreto, el que impone tal tipo. 

No se puede imaginar, pues, cláusula más abusiva: puesto que se impuso a los afectados por decreto y está blindada en la práctica a cualquier recurso judicial.

Esto afecta a los pertenecientes a planes de vivienda anteriores al Plan 2009-2012, los regulados en base al IRPH de entidades (los del Plan 2009-2012 sí se referencian al Euríbor, y este plan sí que estipulaba una horquilla de negociación del diferencial. Otro asunto aquí es si en la práctica los bancos fijaban este diferencial en la parte alta de la horquilla; pero es otro asunto).

A LA ESPERA DE UNA SOLUCIÓN POLÍTICA

Fomento contesta al Defensor que no puede cambiar el IRPH, pero lo que le recuerda el Defensor es que sí que le corresponde «promover modificaciones normativas». Y dado que los afectados no podemos ir a juicio (contra el banco), esta sería la única opción.

A falta de conocer el resultado de la deliberación del mencionado Grupo Interministerial, es de esperar que el informe del Defensor a las Cortes Generales sobre este asunto sea contundente contra la posición del Ministerio, especialmente si al final hay sentencia favorable del TJUE.

Finalmente, confiamos en que la línea política impulsada por el Partido Socialista hasta la fecha termine imponiéndose en el Ministerio de Fomento, el cual parece continuar la estrategia, más propia de tiempos de Rajoy, de hacer oídos sordos a la realidad social y jurídica de estas familias afectadas por unos tipos de interés injustos y antisociales.